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El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publicó el pasado 8  de julio el Reglamento de Ejecución (UE) 2017/1236 de la Comisión que fija para el año civil 2017 el porcentaje de ajuste de los pagos directos de la PAC. Ese ajuste asciende a 459,5 millones de euros y equivale al 1,38849% de dichos pagos.

El importe de la reserva para crisis en el sector agrario, incluido en el proyecto de presupuestos de 2018 de la Comisión asciende a dicha cantidad. Para cubrir la misma, el mecanismo de disciplina financiera debe aplicarse a los pagos directos de la PAC, tal y como se establece reglamentariamente (anexo I del Reglamento (UE) 1307/2013).

Las previsiones para los pagos directos y los gastos relacionados con el mercado, determinadas en el proyecto de presupuestos de 2018 de la Comisión indican que no es necesario aplicar ninguna disciplina financiera más, según la CE, que ya fijó este porcentaje de ajuste el pasado 30 de marzo.

Como el 30 de junio pasado, ni Parlamento Europeo, ni Consejo de la UE habían determinado nada al respecto del citado ajuste, la Comisión acordó fijar dicho porcentaje mediante un acto reglamentario de ejecución.

No obstante, la CE, en función de nueva información que obre en su poder, podrá  adaptar el porcentaje de ajuste y tomarlo en consideración,  adoptando un reglamento de ejecución a más tardar el próximo 1 de diciembre de 2017, en el contexto de la nota rectificativa al proyecto de presupuestos de 2018.

El porcentaje de ajuste ahora fijado únicamente debe aplicarse a los pagos directos superiores a los 2.000 euros, que deban concederse a los agricultores en el año civil correspondiente, es decir, 2017 y, más en concreto, a partir del 16 de octubre de este año.

Fuente: Agronegocios